El tipo de ganado apto para la producción de "Cordero
Manchego" debe proceder exclusivamente de la raza Manchega y reunirá los
siguientes requisitos:
- Corderos sin distinción de sexo (machos sin castrar y hembras).
- Peso vivo al sacrificio en matadero entre 22 y 28 kilogramos.
- Edad al sacrificio: entre sesenta y noventa días.
- La alimentación de los corderos deberá realizarse en estabilización con leche materna complementada, a placer, con paja blanca y concentrados autorizados por el Consejo Regulador.
- El período mínimo de lactancia natural será de treinta días.
- Al destete, la alimentación será con paja blanca y concentrados autorizados por el Consejo Regulador.
La Denominación Específica "Cordero Manchego"
ampara las canales (Medio Cuerpo del animal eviscerado y limpio) de las categorías extra y primera que deberán reunir las
siguientes características:
- Peso canal: Comprendido entre 10 y 14 kilogramos.
- Conformación: Perfil longilíneo, contornos ligeramente redondeados y proporciones armónicas.
- Carnes de tipo magra a medianamente grasa, cubiertas por una película de grasa fina que deja aparecer parcialmente los músculos subyacentes, si bien esta película se espesa en la grupa, nacimiento de la cola, región dorsal y renal, quedando al descubierto los músculos de la pierna y espalda, así como los trapecios.
- Características de la grasa: Color blanco-cremosa, tanto la de cobertura como la cavitaria y consistencia dura, sin cubrir completamente el riñón.
- Características de la carne: Color rosa pálido, de gran terneza y jugosidad, con inicio de infiltración grasa a nivel intramuscular, aportando un buquet característico muy agradable.
ZONA GEOGRÁFICA.
El área principal sobre la que se explota y desarrolla la
raza Manchega comprende las siguientes comarcas:
1. Albacete: Mancha, Manchuela, Centro y Almansa
2. Ciudad Real: Mancha, Campo de Calatrava y Campo de
Montiel.
3. Cuenca: Manchuela, Mancha Baja y Mancha Alta.
4. Toledo: La Mancha

